9 – Dentro de los aspectos LABORALES en la construccion:
es obligacion del empleador cumplir con sus depositos de la CESE
quien contrate o subcontrate los servicios de contratistas o subcontratistas de la construccion, debera requerir de estos la constancia de su inscripcion de IERIC.
quien contrate o subcontrate los servicios de contratistas o subcontratistas de la construccion, debera comunicar al IERIC la ubicación de la obra y el dia de inicio de tareas.
no esta obligado a cumplir con la ley 22.250 el propietario del inmueble que no siendo empleador de la industria de la construccion constuya, repate o modifique su vivienda individual y los trabajadores ocupados directamente por el a esos efectos.
Todas las afimraciones anteriores son CORRECTAS.
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